Sector pesquero

Requisitos para ser mariscador@ a pie

Para ser mariscador@ a pie en la Comunidad Autónoma de Galicia es imprescindible obtener una LICENCIA PARA MARISQUEO A PIE que estará vinculada a un plan de explotación gestionado por una Cofradía. Para su obtención es preciso tener la cualificación profesional correspondiente (Orden de 8 de Noviembre de 2000 por la que se regulan los certificados de cualificación necesarios para optar a los permisos de explotación de marisqueo a pie y de recursos específicos). Esta formación se imparte en el Instituto Politécnico Marítimo Pesqueiro do Atlántico de Vigo (http://www.edu.xunta.gal/centros/institutopesqueiroatlantico/) de manera gratuita y ocasionalmente en ciertas cofradías. 

Además de la cualificación profesional, existen otros méritos baremables que ayudan a conseguir la licencia:

1. Ser demandante de empleo. La puntuación máxima total que se podrá obtener en este apartado será de 3 puntos. Por el tiempo transcurrido como desempleado/a, debidamente acreditado y siempre que en la actualidad sea demandante de empleo: 0,25 puntos por mes durante un tiempo máximo de 1 año (inmediatamente anterior a la convocatoria). 

2. Formación. La puntuación máxima total que se podrá obtener en este apartado será de 3 puntos. Consultar catálogo de cursos baremables (https://mar.xunta.gal/gl/o-mar/investigacion-e-formacion/formacion/catalogos-formacion)

2.1. Materias para su formación profesional: temas relacionados con asociacionismo, habilidades sociales, fórmulas organizativas, gestión en las organizaciones sectoriales, legislación pesquera y marisquera, cultivos y gestión de las especies propias del marisqueo y pesca en Galicia, así como de su comercialización: 

a) Cursos impartidos por la Consellería del Mar: 0,05 puntos por hora lectiva del curso, hasta un máximo de 1 punto/curso. Si no consta el número de horas, cada curso se puntuará con 0,5 puntos. 

b) Cursos impartidos por otros organismos públicos: 0,01 puntos por hora lectiva del curso, hasta un máximo de 0,5 puntos/curso. Si no consta el número de horas, cada curso se puntuará con 0,25 puntos. 

2.2. Materias relacionadas con la prevención de los riesgos laborales: 

a) Cursos de prevención de riscos laborales impartidos por la Consellería del Mar o por otras entidades/organismos homologados: 0,01 puntos por hora lectiva del curso, hasta un máximo de 0,5 puntos/curso. Si no consta el número de horas, cada curso se puntuará con 0,25 puntos. 

3. Estar empadronado en un ayuntamiento del ámbito de las cofradías o entidades titulares del plan de explotación en la que está prevista la incorporación, durante un período mínimo de 1 año anterior a la convocatoria: 4 puntos. 

4. En caso de producirse empate en la puntuación obtenida, se resolverá mediante sorteo en presencia de las personas afectadas por dicha situación.

Estos baremos vienen contemplados en la RESOLUCIÓN do 12 de novembro de 2013, da Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro, pola que se aproba o baremo para obter o permiso de explotación para o marisqueo a pé.

La licencia para marisqueo a pie será expedida a nombre de una persona física a título individual e intransferible y su validez será de 1 año (ORDEN de 15 de julio de 2011 por la que se regula el permiso de explotación para el marisqueo a pie: 

¿Qué especies permitiría recolectar? En general, especies de moluscos bivalvos y moluscos gasterópodos, no incluidos en la categoría de recursos específicos. Sin embargo, esto puede sufrir modificaciones en función del plan de gestión de cada cofradía.

Plan de gestión de marisqueo: instrumento que establece un marco plurianual de medidas reguladoras de la actividad marisquera que tiene por objeto desarrollar una explotación sostenible de los recursos, y que tendrá en cuenta aspectos de carácter medioambiental, social y económico. Los planes regularán medidas técnicas, horarios, régimen de uso de las artes de marisqueo y, en su caso, limitaciones de capturas, capacidad y esfuerzo pesquero.( DECRETO 153/2019, de 21 de noviembre, por el que se regula el régimen de conservación y explotación de los recursos marisqueros y de las algas.)

Documentación

Orden de 8 de Noviembre de 2000 por la que se regulan los certificados de cualificación necesarios para optar a los permisos de explotación de marisqueo a pie y de recursos específicos

RESOLUCIÓN do 12 de novembro de 2013, da Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro, pola que se aproba o baremo para obter o permiso de explotación para o marisqueo a pé 

ORDEN de 15 de julio de 2011 por la que se regula el permiso de explotación para el marisqueo a pie.

DECRETO 153/2019, de 21 de noviembre, por el que se regula el régimen de conservación y explotación de los recursos marisqueros y de las algas

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