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Cómo poner freno al acoso laboral en las cofradías
El servicio de prevención mancomunado de la asociación Mar Seguro de Galicia trabaja para disminuir los riesgos psicosociales siendo una de sus labores el diseño de protocolos y la formación y sensibilización sobre la prevención del acoso laboral para el personal de cofradías. Es una cuestión esencial porque la ley establece el deber de los empleadores de proteger a los trabajadores y trabajadoras contra el acoso y la violencia en el lugar de trabajo. ¡No podemos mirar a otro lado!
Pero… ¿qué entendemos por acoso?
Se trata de amenazas y/o comportamientos y prácticas inaceptables que causen o sean susceptibles de causar un daño físico, psicológico, sexual o económico y que incluyen la violencia y el acoso por razón de género. Incluye tantos las conductas puntuales o esporádicas (especialmente en el acoso sexual) como las conductas sistemáticas, reiteradas o persistentes.
Las conductas de acoso pueden provenir de cualquier persona relacionada con el mundo del trabajo y la cofradía: compañeros, jefes o superiores, personal de otras empresas con las que se tenga relación y terceros como socios, miembros de la junta directiva, compradores…
Ejemplos de acoso psicológico o mobbing
Aunque como ya mencionamos en el entorno laboral se pueden dar diferentes tipos de acoso (sexual, por razón de género u otras discriminaciones), en este artículo nos queremos centrar en el acoso psicológico o mobbing. Según la ONU, un 23% de las personas ha sufrido algún tipo de acoso psicológico en su entorno de trabajo, afectando de manera desproporcionada a las mujeres, con una tasa de incidencia del 60,7%.
Estos son algunos ejemplos a los que prestar atención:
- Juzgar el desempeño de la persona de manera ofensiva, ocultar sus esfuerzos y habilidades.
- No asignar tarea alguna o asignar tareas sin sentido o degradantes.
- Dar órdenes contradictorias o imposibles de cumplir.
- Negación o dificultades para el acceso a permisos, cursos, actividades, etc.
- Cambiar la ubicación de la persona separándola de sus compañeros y compañeras.
- No dirigir la palabra a la persona.
- Amenazas verbales o por escrito y agresiones físicas.
- Llamadas telefónicas atemorizantes.
- Provocar a la persona, obligándole a reaccionar emocionalmente.
- Exigir a la persona realizar trabajos peligrosos o perjudiciales para su salud.
- Manipular la reputación personal o profesional a través del rumor, la denigración y la ridiculización.
- Burlas de los gestos, la voz, la apariencia física, discapacidades, poner motes, etc.
- Violencias digitales o ciberacoso.
Obligaciones de las cofradías
Las cofradías deben adoptar y aplicar una política relativa a la violencia y el acoso, con el compromiso de la tolerancia cero. Además, deben llevar a cabo una evaluación de los riesgos psicosociales así como adoptar medidas para prevenirlos y controlarlos.
En caso de recibir una denuncia, se debe constituir una comisión de prevención del acoso (o activarla si ya existe). Esta comisión será paritaria entre los representantes de la cofradía y los trabajadores y se recomienda contar con un asesor externo. Mientras se instruye e investiga el caso, es importante separar físicamente a la persona acosadora de la acosada, por ejemplo, con cambios de turnos.
Finalmente, es fundamental sensibilizar sobre la materia a la plantilla y a los órganos de gobierno así como proporcionar la formación adecuada.
Descubre más sobre igualdad y prevención del acoso laboral en el sector pesquero en la sección ‘Salud laboral’ de nuestra web. Se trata de una información clara y concisa que te invitamos a poner en favoritos de tu buscador (o a imprimir si prefieres) para tener siempre a mano.
Cursos de formación gratuitos
Gracias a la iniciativa ‘Os mares da baixura II” contaremos con dos nuevos cursos en nuestra plataforma de formación: primeros auxilios (ya disponible) y el de trastornos musculoesqueléticos (que habilitaremos próximamente). Además, ya puedes realizar los cursos de prevención de riesgos laborales asociados a diversas artes de pesca.